La asamblea

La Asamblea del SINEB

La Asamblea del SINEB se constituye como el órgano rector del mismo. Todos los miembros del SINEB podrán formar parte de la Asamblea y asistir a la misma, excepto en los casos establecidos en los presentes estatutos.

Constitución de la Asamblea

La Asamblea del SINEB estará formada por todos los miembros del mismo, será dirigida por el Secretario General del SINEB que estará asistido por el asesor designado por este.

En el caso en el que el número de sindicados al SINEB rebase los 100 miembros, se conformará una Asamblea representativa para la que se realizarán elecciones cada 4 años.

En dicho caso, se presentarán candidaturas a formar parte de la Asamblea por parte de los sindicados con un mes de antelación a la celebración de la misma.

Si las candidaturas existentes coinciden con el mismo número que plazas en la Asamblea, no se celebrarán elecciones y todos los candidatos pasarán a formar parte de la Asamblea. Si hay menos candidatos que plazas, las plazas restantes se cubrirán por orden alfabético dentro del censo del SINEB. Si hay más candidatos que plazas, se elegirán los miembros de la asamblea de entre estos candidatos por votación presencial de manera previa a la celebración de la asamblea. Tras el pertinente recuento, se constituirá la Asamblea ordinaria con el orden del día y votación de asuntos establecidos.

Tipos de convocatoria de la Asamblea

  • Asamblea Ordinaria Anual: En caso de que se convoque la Asamblea ordinaria anual, quedará válidamente constituida con la presencia del 50% de sus miembros en primera convocatoria o con la presencia de cualquier número de afiliados en segunda convocatoria.
  • Asamblea Extraordinaria. Anualmente se podrá celebrar una asamblea extraordinaria para tratar asuntos de especial trascendencia para el funcionamiento y consecución de los fines del propio SINEB. La Asamblea Extraordinaria quedará válidamente constituida con la asistencia del 50% de los miembros de la misma. El Secretario General garantizará la posibilidad de una asistencia telemática a la Asamblea Extraordinaria si se desarrolla durante la temporada de baloncesto.

Toma de acuerdos en la Asamblea

Cada miembro de la Asamblea tiene derecho a un voto. Los acuerdos de la asamblea se tomarán por mayoría simple, excepto aquellos reservados a competencias del Comité Ejecutivo o conformados como intereses de especial protección que requerirá la mayoría de dos tercios de los miembros de la misma.

El Secretario General del SINEB tomará nota del censo de asistentes a la Asamblea para determinar los porcentajes necesarios para la aprobación de acuerdos en el seno de la misma. 

 Los miembros de la Asamblea votarán los asuntos que se planteen en el orden del día en votación a mano alzada. Al menos el 15% de los miembros de la Asamblea, podrá solicitar el voto secreto para una o varias cuestiones que se planteen en el orden del día. Cualquier miembro de la Asamblea puede delegar su voto en otro afiliado o en el Secretario, comunicándolo por correo electrónico con 48 horas de antelación a la celebración de la misma. Un afiliado no podrá acumular más de 5 votos de compañeros no asistentes.

Los sindicados no miembros de la Asamblea, podrán asistir a la misma y tener voz pero no voto en ella.

Elección de cargos por parte de la Asamblea

Los miembros de la Asamblea votarán en sesión ordinaria, cada 4 años, a los miembros del Comité Ejecutivo.

Asimismo, los miembros de la Asamblea votarán al Secretario General de la misma, cargo que tendrá una duración de 4 años y que formará parte del Comité Ejecutivo.

Competencias de la Asamblea

La Asamblea del SINEB será la encargada de votar todo tipo de asuntos que no estén contemplados en las competencias del Comité Ejecutivo y que requieran la aprobación mayoritaria de los miembros de la misma. Se constituye como el órgano rector del SINEB en el que solucionar, promover y debatir todas aquellas cuestiones globales que atañen al mismo.

Cualquier afiliado podrá proponer, por escrito, cuántas cuestiones desee que se traten en el Comité Ejecutivo, siempre que vengan firmadas por un 15% de los afiliados.